Decreto 237 del 5 de junio de 2018
POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL INTERNO DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO, ANTIOQUIA
El alcalde del Municipio de Rionegro, Antioquia en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las del artículo 15, 20 Y 315de la Constitución Política de 1991, la Ley 1266 de 2008, la Ley 1581 de 2012y el Decreto Reglamentario 1377 de 2013, y
CONSIDERANDO
«DATOS PERSONALES – Características
La jurisprudencia constitucional ha precisado que las características de los datos personales son las siguientes: i) estar referido a aspectos exclusivos y propios de una persona natural, ii) permitir identificar a la persona, en mayor o menor medida, gracias a la visión de conjunto que se logre con el mismo y con otros datos; iii) su propiedad reside exclusivamente en el titular del mismo, situación que no se altera por su obtención por parte de un tercero de manera lícita o ilícita, y iv) su tratamiento está sometido a reglas especiales (principios) en lo relativo a su captación, administración y divulgación.”
DERECHO AL HABEAS DATA Y PROTECCION DE DATOS – Principios del tratamiento de datos personales
El proyecto eje ley estatutaria establece en materia de tratamiento de datos personales los principios de legalidad, el de finalidad, de libertad, de veracidad o calidad, de transparencia, de acceso y circulación restringida, de seguridad y el principio de confidencialidad, principios éstos que no obstan para que en el proceso de administración de bases de datos se dé aplicación a los principios rectores derivados directamente de la Constitución al igual que a aquellos derivados del núcleo temático del proyecto de ley estatutaria, los cuales pese a no encontrase numerados se entiende incorporados en razón de una lectura sistemática del proyecto de Ley Estatutaria.”
Tiene carácter derivado, puesto que requiere de la preexistencia de material legislativo para su ejercicio. Es limitada porque «encuentra su límite y radio de acción en la constitución y en la ley, por lo que no puede alterar o modificar el contenido y el espíritu de la ley, ni puede dirigirse a reglamentar leyes que no ejecuta la administración, así como tampoco puede reglamentar materias cuyo contenido está reservado al legislador’. Por último, «la potestad reglamentaria es permanente, habida cuenta que el Gobierno puede hacer uso de la misma tantas veces como lo considere oportuno para la cumplida ejecución de la ley de que se trate y hasta tanto ésta conserve su vigencia.»
En mérito de lo expuesto, el alcalde de Rionegro, Antioquia,
DECRETA
ARTICULO PRIMERO. Adoptar El MANUAL INTERNO DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRATAM IENTO DE DATOS PERSONALES EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO, ANTIOQUIA, el cual está contenido en el anexo que forma parte integral de este decreto.
ARTICULO SEGUNDO. AMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones del presente decreto aplican a todos los procesos del Municipio de Rionegro, Antioquia.
ARTICULO TERCERO. SUJETOS. Corresponde a las personas sobre las cuales recae la protección de datos y que se citan a continuación:
PARÁGRAFO PRIMERO: El manual de tratamiento de datos, que se adopta por medio del presente decreto, debe ser acatado y aplicado en su totalidad por todos los colaboradores y las personas que están vinculadas de forma directa e indirecta al Municipio de Rionegro, para lo cual, la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano en coordinación con la Oficina de Gestión de la Información, adelantaran la divulgación, sensibilización, asesoría y seguimiento para todas las personas que estén obligadas a su cumplimiento.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las directrices de este manual, por parte de cualquier persona vinculada directa e indirectamente al Municipio de Rionegro, dará lugar a sanciones administrativas, disciplinarias y/o penales, según se estime conveniente.
ARTICULO CUARTO: IMPLEMENTACIÓN. Para la implementación del Manual Interno de Políticas y Procedimientos para el Tratamiento de Datos Personales en el Municipio de Rionegro, Antioquia, se dispondrá de tres (3) fases y con la utilización de los siguientes medios, así:
Primera Fase: Inscripción de las bases de datos con información sensible (datos personales) en el Registro Nacional· de Bases de Datos (RNBD) de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Segunda Fase: Implementación del acuerdo de privacidad en los Sistemas de Información y Activos de Información que contengan información personal.
Tercera Fase: Elaboración del procedimiento que deben seguir los titulares de los datos y las responsabilidades de los encargados del tratamiento de datos personales en el Municipio de Rionegro.
Medios para la implementación del Manual. Para la implementación del Manual Interno de Políticas y Procedimientos para el Tratamiento de Datos Personales en el Municipio de Rionegro, Antioquia, se utilizarán todos los medios, a través de los cuales se pueda proveer una comunicación efectiva respecto de la política de privacidad y protección de datos personales, tales como:
PARÁGRAFO PRIMERO: Los puntos de atención presencial atenderán las sugerencias, quejas y reclamos respecto de la ley de protección de datos personales, en los mismos horarios de atención al público en general.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Las dependencias que tengan a su cargo la elaboración de formatos donde se registre o actualice información de los sujetos establecidos en el presente decreto y en particular del artículo tercero del presente decreto, deberán integrar el texto informativo sobre el cumplimiento por parte del municipio de Rionegro de la Ley 1581 de 2012, reglamentada por el Decreto 1377 de 2013 respecto de la protección de sus datos personales.
PARÁGRAFO TERCERO: La Subsecretaria de TIC será la encargada de dar cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 y el presente Decreto, y hacer seguimiento al desarrollo y ejecución de las fases descritas en el art culo cuarto del presente decreto.
ARTÍCULO QUINTO. SOCIALIZACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN. La socialización al público interno y externo de la implementación de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y su Decreto reglamentario 1377 de 2013, y del presente decreto deberá realizarse a través de capacitaciones a todas aquellas personas; terceros o dependencias que manejen bases de datos de la Administración Municipal y que tengan relación directa o indirecta con el Municipio de Rionegro, Antioquia:
De igual manera se podrán utilizar otros mecanismos alternos como correos masivos, boletines e informativos que tenga el Municipio de Rionegro, Antioquia.
Se establecerá una cláusula de confidencialidad en aquellos contratos de prestación de servicios, convenios interadministrativos. licitaciones o cualquier otra forma de contratar por parte de la entidad, siempre y cuando para el cumplimiento del objeto contractual deba tratarse información de usuarios, ciudadanos, contratistas, proveedores y servidores públicos.
En los contratos que suscriba en el Municipio de Rionegro, Antioquia, cualquiera que sea su denominación y modalidad, deberá incluirse, cuando aplique, cláusula de política de privacidad y protección de datos personales.
Si el contratista es una persona jurídica que por su objeto social deba manejar bases, estas entidades también deberán haber implementado o adoptado el Manual de Políticas y Procedimientos de la Ley 1581 del 17 de octubre de 2012, reglamentada por el Decreto 1377 de 2013.
ARTICULO SEXTO. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN. El Manual Interno de Políticas y Procedimientos para el Tratamiento de Datos Personales en el Municipio de Rionegro, Antioquia será revisado y actualizado periódicamente, actividad que será liderada por la Secretaría de Servicios Administrativos a través de la Subsecretaria de TICs. contando, en lo que se considere necesarios. con la participación de todos los procesos del Municipio de Rionegro, Antioquia.
ARTICULO SPTIMO: VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en el municipio de Rionegro, Antioquia a los 05 JUN 2018
MANUAL INTERNO DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO
De acuerdo con la Ley 1581 de 2012 y el Decreto reglamentario 1377 de 2013, se entiende por:
De acuerdo con la Ley 1581 de 2012, en el tratamiento de datos personales el Municipio de Rionegro aplicarán, de manera armónica e integral, los siguientes principios:
Los datos personales que recolecte el Municipio de Rionegro Antioquia serán utilizados para cumplir con el objetivo de su misión institucional y la atención del marco legal que la regula. Cualquier dato personal suministrado, podrá ser consultado, actualizado y rectificado por su Titular.
El usuario acepta que los datos personales son suministrados voluntariamente y que éstos no serán utilizados más allá de la finalidad mencionada, entendiendo que hay casos en que no es requerida dicha autorización, tales como:
El municipio de Rionegro cuenta con una estructura administrativa que asegura la debida atención de requerimientos. preguntas, quejas, reclamos y sugerencias relativos a la protección de datos, a fin de garantizar el ejercicio de los derechos contenidos en la Constitución y la ley, especialmente el derecho a conocer, actualizar, rectificar y suprimir información personal, así como el derecho a revocar, cuando aplique, el consentimiento otorgado para el tratamiento de datos personales.
Para consultas, reclamos, quejas o para el ejercicio de los derechos que le asisten como titular de información, podrá presentarse personalmente o comunicarse con el Municipio de Rionegro así:
Sede Principal
Casa Provincial
Centro de Atención Municipal Especializado (CAME) El Porvenir
Demás centros de atención que se habiliten posteriormente.
El Titular de los datos personales tendrá los siguientes derechos:
En el Tratamiento se asegurará el respeto a los derechos prevalentes de los niños. niñas y adolescentes.
El Tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes está prohibido, excepto cuando se trate de datos de naturaleza pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 1581 de 2012 y cuando dicho Tratamiento cumpla con los siguientes parámetros y requisitos:
Cumplidos los anteriores requisitos. el representante legal del niño, niña o adolescente otorgará la autorización previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto.
Todo responsable y encargado involucrado en el tratamiento de los datos personales de niños, niñas y adolescentes, deberá velar por el uso adecuado de los mismos. Para este fin deberán aplicarse los principios y obligaciones establecidos en la Ley 1581de 2012 y el Decreto reglamentario 1377 de 2013.
La familia y la sociedad deben velar porque los responsables y encargados del tratamiento de los datos personales de los menores de edad cumplan las obligaciones establecidas en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto reglamentario 1377 de 2013.
Es tarea del Estado y las entidades educativas de todo tipo proveer información y capacitar a los representantes legales y tutores sobre los eventuales riesgos a los que se enfrentan los niños, niñas y adolescentes respecto del Tratamiento indebido de sus datos personales, y proveer de conocimiento acerca de luso responsable y seguro por parte de niños, niñas y adolescentes de sus datos personales, su derecho a la privacidad y protección de su información personal y la de los demás.
El Municipio de Rionegro como responsable del Tratamiento deberá cumplir los siguientes deberes, sin perjuicio de las demás disposiciones previstas en la presente ley y en otras que rijan su actividad:
Sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley, en el Tratamiento se requiere la autorización previa e informada del Titular la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior.
El Municipio de Rionegro ha adoptado procedimientos para solicitar, a más tardar en el momento de la recolección de sus datos, la autorización del Titular para el Tratamiento de los mismos e informarle los datos personales que serán recolectados, así como todas las finalidades especificas del Tratamiento para las cuales se obtiene el consentimiento.
9.1. CASOS EN QUE NO ES NECESARIA LA AUTORIZACIÓN
La autorización del Titular no será necesaria cuando se trate de:
Los datos personales que se encuentren en fuentes de acceso público, con independencia del medio por el cual se tenga acceso, entendiéndose por tales aquellos datos o bases de datos que se encuentren a disposición del público, pueden ser tratados por cualquier persona siempre y cuando, por su naturaleza, sean datos públicos.
9.2. AUTORIZACIÓN DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES SENSIBLES
El Tratamiento de los datos sensibles a que se refiere el artículo 5º de la Ley 1581 de 2012 está prohibido, a excepción de los casos expresamente señalados en el artículo 6º de la citada ley.
En el Tratamiento de datos personales sensibles, cuando dicho Tratamiento sea posible conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Ley 1581de 2012, deberán cumplirse las siguientes obligaciones:
9.3. MODO DE OBTENER LA AUTORIZACIÓN
Para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley 1581de 2012, El Municipio de Rionegro ha establecido mecanismos para obtener la autorización de los titulares o de quien en se encuentre legitimado de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto reglamentario 1377 de 2013, que garanticen su consulta. Estos mecanismos podrán ser predeterminados a través de medios técnicos que faciliten al Titular su manifestación automatizada. Se entenderá que la autorización cumple con estos requisitos cuando se manifieste (i) por escrito, (ii) de forma oral o (iii) mediante conductas inequívocas del titular que permitan concluir de forma razonable que otorgó la autorización. En ningún caso el silencio podrá asimilarse a una conducta inequívoca.
La autorización será solicitada por El Municipio de Rionegro de manera previa al tratamiento de los datos personales.
9.4. PRUEBA DE LA AUTORIZACIÓN
El Municipio de Rionegro conservará la prueba de la autorización otorgada por los titulares de los datos personales para su tratamiento, para lo cual utilizará los mecanismos disponibles a su alcance en la actualidad al igual que adoptará las acciones necesarias para mantener el registro de la forma y fecha y en la que obtuvo ésta. En consecuencia, el Municipio de Rionegro podrá establecer archivos físicos o repositorios electrónicos realizados de manera directa o a través de terceros contratados para tal fin.
9.5. REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN
Los Titulares podrán en todo momento solicitar a El Municipio de Rionegro revocar la autorización otorgada para el Tratamiento de los mismos, mediante la presentación de un reclamo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 1581 de 2012.
La revocatoria de la autorización no procederán cuando el Titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
El Municipio de Rionegro ha puesto a disposición del Titular mecanismos gratuitos y de fácil acceso para presentar la solicitud revocatoria de la autorización otorgada.
10.1. PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE
Los derechos de los Titulares establecidos en la Ley 1581 de 2012.podránejercerse por las siguientes personas:
Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos.
10.2. PROCEDIMIENTO DE CONSULTAS
Los Titulares o sus causahabientes podrán consultar la información personal del Titular que repose en cualquier base de datos en El Municipio de Rionegro. El Municipio de Rionegro suministrará a éstos toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular.
La consulta se formulará por el medio habilitado por El Municipio de Rionegro, y se debe mantener prueba de ésta.
La consulta será atendida en un término máximo de diez (1O) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta. la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Las disposiciones contenidas en leyes especiales o tos reglamentos expedidos por el Gobierno Nacional podrán establecer términos inferiores, atendiendo a la naturaleza del dato personal.
El Municipio de Rionegro ha establecido mecanismos sencillos y ágiles que se encuentran permanentemente disponibles a los Titulares con el fin de que éstos puedan acceder a los datos personales que estén bajo et control de aquellos y ejercer sus derechos sobre los mismos.
El Titular podrá consultar de forma gratuita sus datos personales:(i) al menos una vez cada mes calendario, y (ii) cada vez que existan modificaciones sustanciales de las Políticas de Tratamiento de la información que motiven nuevas consultas.
Para consultas cuya periodicidad sea mayor a una por cada mes calendario, Et Municipio de Rionegro podrá cobrar al titular los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos. Los costos de reproducción no podrán ser mayores a los costos de recuperación del material correspondiente conforme lo indica el decreto 1081de 2015. Para tal efecto. El Municipio de Rionegro deberá demostrar a la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando esta así lo requiera, el soporte de dichos gastos.
10.3. PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN, RECTIFICACIÓN Y SUPRESIÓN
En desarrollo del principio de veracidad o calidad, en el tratamiento de los datos personales deberán adoptarse las medidas razonables para asegurar que los datos personales que reposan en las bases de datos sean precisos y suficientes y, cuando asilo solicite et Titular o cuando El Municipio de Rionegro haya podido advertirlo, sean actualizados. rectificados o suprimidos, de tal manera que satisfagan los propósitos del tratamiento.
El Titular o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en esta ley, podrán presentar un reclamo ante El Municipio de Rionegro el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:
Los Titulares podrán en todo momento solicitar a El Municipio de Rionegro la supresión de sus datos personales, mediante la presentación de un reclamo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 1581 de 2012.
La solicitud de supresión de la información no procederá cuando el Titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
10.4. REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD
El titular, su representante, su apoderado o sus causahabientes, previa acreditación de esta condición, sólo podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y comercio una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante el Municipio de Rionegro, de acuerdo con el procedimiento anteriormente mencionado.
10.5. SUMINISTRO DE LA INFORMACIÓN
La información solicitada podrá ser suministrada por cualquier medio, incluyendo los electrónicos, según lo requiera el Titular. La información deberá ser de fácil
lectura, sin barreras técnicas que impidan su acceso y deberá corresponder en un todo a aquella que repose en la base de datos.
10.6. PERSONAS A QUIENES SE LES PUEDE SUMINISTRAR LA INFORMACIÓN.
La información que reúna las condiciones establecidas en la presente ley podrá suministrarse a las siguientes personas:
Para la transmisión y transferencia de datos personales, se aplicarán las siguientes reglas:
Además de las obligaciones que impongan las normas aplicables dentro del citado contrato, deberán incluirse las siguientes obligaciones en cabeza del respectivo encargado:
Todos los formularios físicos y digitales en los que se recolecten datos personales deben incluir el siguiente Aviso de Privacidad:
Con mi firma y de acuerdo con la ley estatutaria 1581 de 2012 de Protección de Datos y con el Decreto 1377 de 2013, autorizo como titular de los datos que plasmo que éstos sean tratados por el Municipio de Rionegro para cumplir con el objetivo de su misión institucional y la atención del marco legal quela regula, de conformidad con el aviso de privacidad publicado en: https://rionegro.gov.co/wp-content/uploads/2020/11/Decreto-237-Tratamiento-datos-personales-2.pdf
De igual modo, declaro haber sido informado que puedo ejercerlos derechos de acceso, corrección, supresión, revocación o reclamo sobre mis datos mediante escrito dirigido a la dirección de correo electrónico atencionusuario@rionegro.gov.co o mediante correo físico remitido a la calle 49 # 50-05 Rionegro, Antioquia, indicando en el asunto el derecho que deseo ejercitar.
Cuando se recolecten datos personales sensibles, el Aviso de Privacidad deberá señalar expresamente el carácter facultativo de la respuesta a las preguntas que versen sobre este tipo de datos.